lunes, 31 de mayo de 2010

Modificaciones a la Grilla Salarial en Seguridad

INFORMACION PARA LAS EMPRESAS DE SEGURIDAD

SE INFORMA A LAS EMPRESAS DE LA ACTIVIDAD QUE POR ACTA DE ACUERDO SALARIAL SUSCRIPTO POR UPSRA Y CAESI SE FIJA LA NUEVA GRILLA SALARIAL DEL CCT 507/07 ANEXO C PARA EL PERIODO MAYO 2010 A OCTUBRE 2010. DICHO ACUERDO FUE PRESENTADO ANTE EL MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL EL 3 DE MAYO DE 2010 EXPTE. 1264229/08, Y HOMOLOGADO POR RESOLUCION NRO 654/2010 DEL 27 DE MAYO DE 2010.

ENTRE LAS MODIFICACIONES A LA GRILLA SALARIAL SE ESTABLECE EN LA CLAUSULA 4º QUE LA SUMA NO REMUNERATIVA OBLIGATORIA CON APORTES Y CONTRIBUCIONES A LA OBRA SOCIAL DE OSPSIP QUEDA CONFORMADA DE LA SIGUIENTE MANERA:


1 DE MAYO DE 2010 AL 30 DE JUNIO DE 2010 $ 400.00
1 DE JULIO DE 2010 AL 30 DE SETIEMBRE DE 2010 $ 250.00
A PARTIR DEL 1 DE OCTUBRE 2010 $ 300.00

SE RECUERDA QUE DICHO APORTE SE DEBERA INGRESAR EN LAS MISMAS CONDICIONES QUE HASTA EL MOMENTO, ES DECIR QUE COMPRENDE AL TODO EL PERSONAL BENEFICIARIO DE LA CONVENCION COLECTIVA DE TRABAJO 507/07, AUN EN EL CASO DE QUE EL VIGILADOR HAYA HECHO USO DE DE LA OPCIÓN DE CAMBIO A FAVOR DE OTRA OBRA SOCIAL.

PARA EL PAGO SE SEGUIRAN UTILIZANDO LOS MISMOS MEDIOS QUE HASTA LA FECHA LA OSPSIP PONE A DISPOSICION DE LAS EMPRESAS, CUENTA Nº. 2858/7 SUCURSAL 2 DEL BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES Y TODAS LAS SUCURSALES DE PAGO FACIL DEL PAIS.

LA EMISION DE LA BOLETA DE PAGO DEBERA REALIZARCE A TRAVES DE NUESTRA PAGINA DE INTERNET: WWW.OSPSIP.ORG.AR.

HEMOS OBSERVADO QUE ALGUNAS EMPRESAS INCLUYERON EN LA DECLARACION JURADA DE AFIP FORMULARIO 931 EL PAGO DE ESTE APORTE, RAZON POR LA CUAL SOLICITAMOS SE MODIFIQUE ESTA OPERATORIA A FIN DE EVITAR PERJUICIOS POR EL PAGO MAL REALIZADO.

LAS CONSULTAS AMPLIATORIAS SE PODRAN REALIZAR TELEFONICAMENTE AL DEPARTAMENTO DE COMPUTOS TELEFONOS: 4867-4186 O 4861-9278 O AL DEPARTAMENTO DE INSPECCIONES TELEFONOS: 4804-0293 4804-0259 O 4805-0777.


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Fuente: http://ospsip.org.ar

viernes, 28 de mayo de 2010

La AFIP prepara la llegada de la factura electrónica a los exportadores.






Hasta el momento, la emisión del comprobante online sólo obliga a los titulares de depósitos fiscales. En poco más de un mes, el resto de los operadores del comercio exterior también tendrán que confeccionar el documento a través de la plataforma web del fisco nacional.


La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ya tiene todo listo para extender la implementación de la factura electrónica en el comercio exterior.

Hasta el momento, la emisión del comprobante online sólo obliga a los titulares de depósitos fiscales. El cerco se cierra a partir de julio próximo cuando la exigencia se extienda al resto de los exportadores. La medida apunta a agilizar las operaciones y potenciar la fiscalización.

Se trata de un universo de más de 13.200 operadores, cuya incorporación a la factura electrónica significará la emisión de aproximadamente 550.000 documentos anuales por un monto que se estima que ascenderá a $246.000 millones.


Al anunciar la nueva avanzada, el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, aseguró que "la implementación de la factura electrónica es un salto cualitativo para hacer más seguro y confiable nuestro comercio internacional".

“El uso del nuevo mecanismo para las empresas exportadoras será una solución importante para facilitar la operatoria de comercio exterior. Con su aplicación se eliminará la necesidad de presentar la factura en la Aduana y se simplificará su envío al exterior vía mail”, puntualizó el administrador federal.

“Para nosotros, es una herramienta fundamental para asegurar la recaudación, pero también para hacer más seguro y confiable el comercio mundial”, concluyó Echegaray.

Nuevas reglas de juego

Puntualmente, la reglamentación fiscal que ya se encuentra en plena vigencia, establece que -en poco más de un mes- los operadores tendrán que “emitir comprobantes electrónicos originales a los fines de respaldar las operaciones de exportación de bienes”.

Asimismo, se aclara que "quedan exceptuadas las destinaciones realizadas bajo la modalidad de exportación por cuenta y orden de terceros”.

En relación a los comprobantes a emitir, el organismo de recaudación estableció que se tendrán que confeccionar de manera electrónica:

  • Las facturas de exportación clase "E".

  • Notas de crédito y notas de débito por operaciones de exportación.

Para ello, los exportadores tendrán que solicitar a través de Internet -ante la AFIP- la respectiva autorización de emisión. Luego de aprobarse el pedido, los operadores podrán optar por confeccionar los comprobantes utilizando:

  • El intercambio de información basado en el servicio web, suministrado por la AFIP.

  • El servicio denominado "Comprobantes en línea", a través del cual se podrán generar 2.400 comprobantes anuales.

  • El servicio "Facturador Plus", mediante el cual se podrán importar hasta 50 registros por envío/lote desde un archivo externo.

La solicitud de emisión de los comprobantes electrónicos deberá ser efectuada por cada punto de venta y las facturas tendrán que ser correlativas y contener la forma de pago y las cláusulas de venta.

Por otra parte, la fecha de emisión no podrá exceder los 5 días desde la autorización del comprobante.

Gobierno electrónico


En igual sentido, a partir del mes que viene, todas las empresas que tengan hasta diez empleados deberán presentar las cargas sociales de manera online.

De esta manera, se amplía la tramitación virtual que hasta el momento sólo es obligatoria para las sociedades que cuenten con hasta cinco trabajadores en su plantilla.

También se extiende el número de empleadores que podrán usar el sistema en forma opcional. Puntualmente, se eleva de diez a 20 el número máximo de trabajadores.

La avanzada constituye un paso más en búsqueda de la digitalización del libro de sueldos y jornales, un viejo anhelo del organismo de recaudación. El detalle formará parte de la base de datos a la que podrán acceder las dependencias interesadas a través de un aplicativo por Internet.


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Los pagos no remunerativos son parte del sueldo, dijo la Corte.






Los jueces dispusieron que deben considerarse esos montos para la indemnización y el aguinaldo. De esta manera se cuestionan decretos del 2002 y 2003.


Sin dar validez al argumento oficial de la emergencia económica que atravesaba el país en aquel momento, la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional que en 2002 y 2003 se haya dispuesto el pago de sumas de carácter no remunerativo para los trabajadores asalariados. En esos años, tres decretos del Poder Ejecutivo habían establecido que, para procurar una recuperación del poder adquisitivo de los salarios frente a la creciente inflación, las empresas pagaran a sus empleados una suma fija de dinero, sin tenerla en cuenta para los aportes y las contribuciones a la seguridad social ni para el cálculo de las prestaciones adicionales, las indemnizaciones, las vacaciones o el aguinaldo.

En el fallo González, Martín c/Polimat, los jueces del tribunal supremo ordenaron pocos días atrás, y a pedido del trabajador demandante, que esos montos se consideren para determinar la cuantía de la indemnización por despido, de las vacaciones no gozadas y del aguinaldo.

La decisión de los jueces tendría un alto impacto en el mundo de las relaciones laborales, porque lejos de haber sido un hecho aislado, aquellos decretos resultaron el puntapié inicial de una serie de sumas no remunerativas dadas a trabajadores de diversos sectores, dispuestas por la vía de negociaciones colectivas entre sindicatos y empresarios y convalidadas por el Gobierno a través de la homologación de los acuerdos.

Por lo general, esos pactos hicieron una excepción al rasgo no remunerativo de las sumas, para disponer que sí sean consideradas para los aportes y las contribuciones a la obra social, y en algunos casos, también se previó que sean tenidas en cuenta para el cálculo de adicionales al salario y de otros pagos. En cambio, lo que siempre queda anulado es el financiamiento al sistema jubilatorio. Esto, a su vez, reduce el haber previsional del trabajador en el caso de que esté a menos de 10 años de su retiro, ya que para el cálculo del ingreso pasivo se toman en cuenta las remuneraciones sujetas a aportes de la década previa al pedido del beneficio.

El fallo de la Corte se refiere a los decretos 1273 y 2641, ambos de 2002, y al 905, de 2003, dictados durante el gobierno de Eduardo Duhalde. En esos momentos aún no se había activado el proceso de negociación colectiva, para hacer frente a los efectos del incremento de precios que siguió a la devaluación del peso. En principio, el monto mensual se había fijado en $ 100 y luego se fue incrementando hasta llegar a los $ 200. Además, se previó una medida por la que las sumas luego se hicieron remunerativas, en un esquema gradual que terminó en los primeros meses de 2004.

Efectos posteriores

Por eso, dado que los efectos de aquellos decretos -en cuanto al carácter no remunerativo de las sumas- quedaron limitados en el tiempo, lo dispuesto recientemente por la Corte genera, en rigor, más inquietud por los pagos que se fueron disponiendo después, por sectores, con esa característica. Más allá de las empresas privadas, también el sector público, en sus distintos niveles, recurrió a ese tipo de mejoras en los ingresos de sus trabajadores, como una manera de amortiguar el alza de los costos de una mejora salarial.

La sentencia fue firmada por los jueces Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay, quien en su voto particular advierte que el presidente de la Nación no tiene atribuciones "para reglamentar de manera directa y autónoma los derechos reconocidos por la Constitución nacional", y recuerda que los decretos de necesidad y urgencia que dispusieron el otorgamiento de las sumas no pasaron por el Congreso para su ratificación, tal como lo exige el mecanismo establecido en la Carta Magna.

En la opinión del abogado Pedro Etcheberry, asesor de empresas y de la Cámara Argentina de Comercio, la Corte se ajustó a ser rigurosa en lo formal, pero fue poco prudente al no considerar la realidad económica en la que se dispusieron esas mejoras, y el hecho de que esas medidas del Ejecutivo posibilitaron la negociación colectiva posterior en un marco de contención. Agregó que los conceptos no remunerativos no sólo se justifican en un contexto de crisis, sino también en otras coyunturas, como la actual: "En algunos momentos, si los convenios no son prudentes, pueden coadyuvar a la inflación, y eso es lo que pasa ahora", sostuvo, a la vez que analizó que ese tipo de sumas "aminoran el impacto del costo de las subas".

Luis Discenza, del estudio jurídico AMZ, recordó que los decretos habían sido sustentados por el contexto de la crisis en medio de la cual fueron dictados, y apuntó que no habría que desestimar esa situación de emergencia .

Lucio Garzón Maceda, asesor de sindicatos del rubro de la alimentación, consideró una "contradicción" que un pago que es fruto de una relación de trabajo tenga el carácter de no remunerativo. "Lo único que produce el trabajo es salario; no hay duda de qué carácter tienen los pagos", apuntó el abogado sindical, que consideró natural lo dispuesto por los jueces.



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DEMORAS EN LA FIRMA DEL ACUERDO SALARIAL DE COMERCIO







La intervención del Ministerio de Trabajo destrabaron las paritarias. Fuentes del gremio confirmaron que “hay un principio de acuerdo” sobre la base de cálculo del aumento salarial del 29%. Este viernes se vuelven a reunir.

Cuando las negociaciones entre el sindicato y las cámaras de comercio estaban a punto de resquebrajarse, el ministro de Trabajo, Carlos Tomada, intervino este jueves en la disputa y destrabó la paritaria tras forzar a las partes a que llegaran a un principio de acuerdo.

Así lo reconoció a iProfesional.com el secretario gremial de los mercantiles de Capital, Oscar Nieva, quien aseguró que ahora hay un “clima de tranquilidad” y adelantó incluso que “el martes podría estar firmado el nuevo convenio” que estipula un aumento salarial del 29% no remunerativo, acumulativo y en tres cuotas.

El ministro de Trabajo intervino personalmente para que acerquemos posiciones, sino esto terminaba en un conflicto. Hay un principio de acuerdo”, aseguró el dirigente sindical.

La manzana de la discordia era la base sobre la cual calcular el incremento salarial. Los mercantiles exigían que la cuenta se haga considerando el total del salario, incluidas las sumas no remunerativas ($2.052), mientras las cámaras privadas planteaban que el ajuste se calculara sobre el básico (1.300 pesos).

Sin embargo, este jueves llegaron a un consenso que, según el sindicato, “está más cerca” de lo que ellos piden, aunque no dieron detalles del mismo.

En un escenario más prometedor, el sindicato y las cámaras volverán a reunirse este viernes en el Ministerio de Trabajo. Entre los puntos que todavía deben resolver, se encuentra el calendario para abonar las cuotas de la suba salarial.

Hasta ahora, las partes sólo acuerdan en que la primera etapa (15%) se pague en mayo, pero disienten respecto a si aplicar el segundo tramo (7%) en agosto o septiembre, y el tercero (5%) en noviembre o enero.


De este modo, desde el sindicato aseguran que algunas empresas van a empezar a liquidar en junio el aumento salarial a cuenta de la paritaria, mientras que otras prefieren aguardar a que el acuerdo esté firmado e incluso algunas a que esté homologado, lo que demoraría unos 15 días más.


Los números en detalle


De concretarse el aumento salarial sobre toda la masa salarial, como exige el gremio, el sueldo mínimo de más de 1 millón de mercantiles pasaría de 2.052 a casi 3.000 pesos. No obstante, la suma total se percibiría recién sobre el final del año y la cifra de bolsillo -tras los descuentos- sería de unos 2.400 pesos.


Según los cálculos efectuados por fuentes sindicales, el salario conformado promedio de los mercantiles hoy incluye las siguientes sumas no remunerativas: $260 del 2008, $300 del 2009 y $175 del 2010.

Sumando el nuevo incremento del 29% y el presentismo que rige por convenio (8,33%), el sueldo bruto llegaría a unos 2.867 pesos.




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lunes, 24 de mayo de 2010

Comercio: cierran acuerdo con un aumento salarial no remunerativo del 27%




Lo confirmó el gremio tras duras negociaciones y dijo que con sumas previas llegará a 29%. El miércoles se firmará el convenio que lleva el mínimo a $3.000


El sindicato de Comercio y las cámaras del sector acordaron este viernes un aumento salarial acumulativo y no remunerativo del 29 por ciento.


En una reunión, que duró más de seis horas en el Ministerio de Trabajo, los representantes del sector concluyeron las negociaciones que comenzaron a principios de mes.

El miércoles firmarán el convenio que llevará el salario mínimo de más de un millón de mercantiles de 2.052 a 3.000 pesos, aunque la cifra de bolsillo -con los descuentos- será de unos 2.700 pesos.

Ya está cerrado, pasamos para el miércoles la firma (del convenio). Es un aumento acumulativo y no remunerativo del 27% en tres tramos, que con las sumas previas llega al 29%”, anunciaron a iProfesional.com fuentes del gremio que se mostraron conformes con los resultados.

De este modo, los empleados de comercio percibirán un incremento:

  • Del 15% en mayo
  • Del 7% en septiembre y
  • Del 5% en diciembre

Estas sumas no remunerativas se irán incorporando al básico desde mayo, junto con los montos no remunerativos que acumulan desde los últimos dos años y que rondan los 900 pesos.

Por otra parte, las sumas no remunerativas serán incorporadas a la base de cálculo para el pago de los adicionales por vacaciones, aguinaldo, licencia de maternidad, indemnizaciones por despido, saldos por renuncia, y antigüedad y horas extras, aseguraron desde el sindicato.

Otros puntos, como el pago de las horas extras al 100% los domingos, quedan pendientes para ser discutidos en una comisión que se reunirá este martes.

La situación de los supermercados El impacto del incremento sería más importante en supermercados, donde en algunos casos los básicos parten de una base de 2.500 pesos. No obstante, en los comercios con más de 500 trabajadores, el sindicato busca que el aumento llegue al 35% mediante acuerdos por rama. “Se está cerrando la paritaria. Pero con las empresas de más de 500 de trabajadores, pedimos un aumento mayor y mejores condiciones laborales (que las firmas chicas). Eso es lo que se charló y vamos a exigir”, explicó a iProfesional.com el secretario gremial del sindicato de la Capital Federal, Oscar Nieva, antes de que se realizara la reunión. Vale tener presente que, en un comienzo, los mercantiles exigían un aumento del sueldo mínimo del 35%. Pero luego rebajaron su demanda a un 29%, justo antes del acuerdo que firmaron el miércoles los trabajadores alimenticios, por el cual obtuvieron una suba salarial del 35% en cuatro cuotas hasta abril del 2011, la más importante del año.


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miércoles, 19 de mayo de 2010

CORRIENTES: EL GOBIERNO PROVINCIAL REALIZA INTENSOS CONTROLES EN POS DE LA SEGURIDAD VIAL








Tras la aprobación de la ley que estipula la comercialización de rodados con los elementos de seguridad indispensables, la Provincia saldrá a la caza de los negocios que no cumplan con la nueva normativa.


Con el objetivo de que se cumpla la norma que establece que las motocicletas y ciclomotores que se vendan en territorio provincial, deben ser entregadas a los dueños con el casco reglamentario respectivo, desde el Consejo Provincial de Seguridad Vial señalaron que se iniciarán operativos de control en los negocios que comercialicen ese tipo de transacciones.
La semana pasada, el Senado de la provincia convirtió en ley, una iniciativa reciente que modifica la Ley Nº 5.843, que establece la obligatoriedad de incluir cascos normalizados en el acto de compraventa de una moto. Pero la acción, “ya estaba estipulada desde en la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449”, señaló el secretario Ejecutivo del Consejo de Seguridad Vial, Leandro Mazzaro.
“El consumidor, y el comerciante tienen que saber que la moto viene con casco, ya que la norma existe desde hace dos décadas”, agregó Mazzaro, quien aclaró que “el control que se hacía no era estricto ya que se vendían muchas unidades por día”.

La nueva norma

Las declaraciones del funcionario que publica el portal corrientesonline.com, surgen días después de que se convierta en ley, la modificación de la 5.843. Según la nueva normativa, de ahora en más, “toda persona física o jurídica que comercialice en la provincia bicicletas, ciclomotores, motocicletas u otros similares, equipará y entregará cada unidad con: todos los elementos de seguridad establecidos en las normas de tránsito; al menos un casco normalizado; y una bandolera o chalecos reflectantes”.
La nueva ley señala además que aquel que entregue vehículos para circular en infracción a lo dispuesto por los artículos anteriores, será pasible de las sanciones establecidas en el artículo 47 de la Ley Nacional Nº 24.240 de Defensa del Consumidor con las modificaciones introducidas por la ley nacional 26.361.
“Ello, sin perjuicio de la multa civil que determina el artículo 52 bis del citado cuerpo legal u otras sanciones aplicables”, estipula el artículo 3 de la nueva norma jurídica.


Los spot publicitarios y más medidas

Hoy a través del Consejo y de la Cámara de Comercio se está trabajando en esto, como así también en un spot publicitario para difusión.
Mazzaro dijo además que, “a partir de ahora se va a poner orden para hacer las notificaciones a las agencias y se dé el cumplimiento de la normativa, como así también promocionar lo que tiene que ver con el Programa Nacional de utilización de cascos”.
Para finalizar aclaró que con esta medida se pretende “hacer conocer los beneficios de los usuarios y también de las concesionarias”.

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PREVENCION EN EL USO DE ARMAS DE FUEGO






Conocer las medidas de seguridad más importantes respecto de las armas de fuego y su manejo evitará accidentes, cualquiera sea el lugar donde las mismas se manipulen. También hay que tener en cuenta la forma de transporte, prescripto por la legislación, y los recaudos que deben tenerse en materia de seguridad durante la práctica de tiro.

Existen cuatro normas básicas de seguridad:
  • Tratar siempre las armas como si estuvieran cargadas.
  • Nunca dirigir la boca del arma hacia una persona.
  • Mientras no se use, mantener el arma descargada, con el cerrojo abierto o el tambor volcado.
  • Nunca poner el dedo sobre la cola del disparador

En el hogar
  • Es conveniente que todos los miembros de la familia conozcan los rudimentos en materia de seguridad con armas de fuego.
  • Evite despertar la curiosidad de los niños y no deje al alcance de ellos, las armas que posee o sus municiones.
  • Cuando tengan uso de razón, explíqueles el riesgo que implica el manejo inadecuado de las armas de fuego.
  • Enséñeles que las armas de fuego no son juguetes.
  • Guarde su arma de fuego, descargada y separada de su munición, en un lugar seguro bajo llave; preferentemente en una caja fuerte.
Durante el traslado
  • Un arma de fuego se transporta en su funda, caja o portafolios, descargada, con su cargador separado y sin cartuchos en él.
  • Por ningún motivo se la llevará adosada al cuerpo, aunque esté descargada.
  • Siempre deberá llevar: acreditación de identidad, credencial de legítimo usuario y tenencia del arma que se traslade.
  • Si tuviera que ingresar a una institución oficial o privada transportando un arma de fuego, consulte sobre el procedimiento a seguir.
  • Si viajara en un avión o buque, trasladando un arma de fuego, tiene la obligación de informarlo al hacer el despacho de su equipaje. Deberá entregarla bajo recibo y le será devuelta al llegar a su destino.

Durante la limpieza
  • Las armas de fuego deben limpiarse cada vez que se utilicen en la práctica de tiro o caza deportiva. Durante su limpieza, no deberá tenerse munición en la misma mesa donde se trabaja con el arma, ya que se corre el riesgo de cargarla inconscientemente, lo que podría derivar en un accidente.
  • Para efectuar la limpieza es recomendable seguir las instrucciones e información brindada por el manual del usuario, empleando los productos especificados en el mismo, a los fines de mantener el arma en el estado de funcionamiento adecuado y conservar las condiciones originales de seguridad.
  • Siempre deberá llevar: acreditación de identidad, credencial de legítimo usuario, y tenencia del arma que se traslade.
  • Una vez limpia, el arma debe guardarse descargada, bajo llave, fuera del alcance de los ninos.

En el polígono
  • Desde la armería (o desde el ingreso al polígono) hasta la barrera de tiro, las armas deben mantenerse descargadas. Los revólveres con el tambor volcado; las pistolas con la corredera abierta (y los cargadores sin cartuchos). Los fusiles y carabinas sin cerrojo o con su cierre abierto, al igual que las escopetas. Se seguirá el mismo procedimiento para cualquier otra arma de fuego.
  • Los cartuchos se sacarán del envase en la línea de tiro, donde asimismo el arma podrá ser cargada, debiendo manipularse con la boca de su canón dirigida en la dirección de los blancos.
  • Previamente a realizar cualquier maniobra, deberá recibir la autorización de la persona a cargo del polígono y siguiendo estrictamente sus indicaciones.
  • Protéjase los ojos y oídos.
  • Sólo inicie la práctica, cuando el comisario o director de tiro lo autorice. Esté siempre atento a la voz de "iniciar el fuego", "alto el fuego" y senales acústicas y visuales del polígono.
  • No dispare nunca en otra dirección que no sea su propio blanco.
  • Nunca transite con el arma cargada.
En el campo de caza
  • Transporte sus armas en fundas o cajas, con la correspondiente documentación legal (DNI, credencial de Legítimo Usuario, tenencia, permisos de caza, autorizaciones especiales, etc.)
  • Nunca transporte armas cargadas en el vehículo en que se traslada. Es preferible perder una pieza, que provocar un accidente por un disparo negligente. Solamente cargue su arma estando fuera del automotor.
  • Antes de utilizar un arma de fuego, asegúrese de no causar accidentes en el lugar de impacto o detrás del blanco. Tenga en cuenta que el proyectil de una carabina calibre .22 LR, puede recorrer 2 km. y el de un fusil, puede superar los 5 km.; asimismo las postas tienen energía suficiente para recorrer 600 m.
  • Verifique la presencia de otros cazadores en su área y establezca con ellos los sectores específicos de tiro.
  • Mientras transita o cruza alambrados, el arma debe transportarse abierta o con su mecanismo bloqueado, a los efectos de evitar un disparo accidental.
  • Deberá prestar especial atención al desempeño de los novatos.

"NUNCA DISPARE AL AIRE"
Los proyectiles abandonan el cañón a velocidades de 280 m/s a 1000 m/s (según las armas, los calibres y los tipos de cartucho utilizados) y se desplazan describiendo trayectorias curvas. Luego de alcanzar la altura máxima, su velocidad de caída se incrementa. Al instante de precipitarse a tierra tiene suficiente velocidad como para lastimar o matar un ser humano.




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jueves, 13 de mayo de 2010

La Plata: Se llevó adelante la jornada "Seguridad Privada Hoy".





Organizada por el senador del PRO Jorge Alberto D’Onofrio, presidente de la Comisión, se realizó un debate acerca de “La seguridad privada hoy”.


Organizada por el senador del PRO Jorge Alberto D’Onofrio, presidente de la Comisión, se realizó un debate acerca de “La seguridad privada hoy”.

La reunión contó con la presencia del vicepresidente 1º de la Cámara Alta, en ejercicio de la Presidencia, senador Federico Scarabino y representantes de distintas organizaciones relacionadas al tema.

“El tema que nos convoca es la seguridad privada hoy. Tenemos la necesidad de avanzar en la reforma de la actual Ley y lo que hemos hecho es convocar a todos los actores que tienen que ver con la seguridad privada. Estos son los empresarios, los sindicatos, los representantes del Ejecutivo. Cada uno ha expuesto sus posiciones y ya tenemos muchísimo material para ir avanzando en la Comisión de Seguridad en pos de este objetivo”, aseguró Jorge D’Onofrio.

“Lo que quiero resaltar- expresó el Senador del PRO- es que nos hemos puesto de acuerdo todos los boques políticos y, fundamentalmente, el acompañamiento de las autoridades de la Cámara de Senadores para poder avanzar en cuestiones de Estado, que nada tienen que ver con ideologías, sino con las cosas que necesitan hoy los bonaerenses”.

“La seguridad privada es parte del complicado engranaje de la seguridad pública”, destacó D’Onofrio. “Creemos que una fuerza que prácticamente duplica a los efectivos de la seguridad del Estado tiene que estar regulada de otra manera. Por lo que tenemos que avanzar también sobre la articulación entre la seguridad privada y la pública. Hemos encontrado muchas coincidencias y estamos trabajando ya mismo en un proyecto que los contempla a todos”.

En otro orden, aclaró que “el mayor problema que tenemos es el registro de los efectivos, el sindicato dice que tiene 80.000 afiliados, el Ministerio de Seguridad tiene registrados unos 30.000 y se estima que, entre esos y el trabajo en negro, hay mas de 120.000. Entonces hay que darle un orden a esto”.

“También tenemos que trabajar en regular algunos los aspectos que se relacionan con la tecnología que ha ido avanzando, como la seguridad electrónica. El Gobernador, por ejemplo, ha planteado últimamente el tema del ‘botón de pánico’ en los domicilios de barrios privados, pero para que esto pueda funcionar tenemos que modificar la Ley de Alarmas”, concluyó el legislador bonaerense.

De la reunión también participaron el Presidente de la Cámara de Empresas de Seguridad de Buenos Aires, Luis Alberto Vecchi; el Presidente de la Cámara Argentina de Empresas de Seguridad e Investigación (CAESI), Aquiles Gorini; el Director General de la Dirección General Fiscalizadora de Agencias de Seguridad Privada, doctor Carlos Hugo Sottini; el Secretario Ejecutivo del Comité Provincial de Seguridad Deportiva ( CO.PRO.SE.DE), comisario mayor Rubén Pérez; el auditor del Ministerio de Trabajo de la provincia de Buenos Aires, doctor Guillermo Sarcabal; el Presidente de Cámara Argentina de Seguridad Electrónica, Marcelo Coladero; el Secretario General de la Unión Personal de Seguridad Privada, Ángel García; la Cámara Argentina de Monitoreos de Alarmas (CEMARA); Secretarios de Seguridad de los Municipios, representantes de Clubs de Campo y Barrios Privados y de las empresas Securitas, Prosegur y LoJack.



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Tránsito: ¿Cuántos Puntos Descuenta cada Infracción?








Conozca cuales son las infracciones vigentes y cuantos puntos descuentan cada una de ellas:



Cantidad de puntos que se descuentan en función de las infracciones:

2 (dos) puntos:
  • Circular sin el cinturón de seguridad.
  • No acatar las indicaciones de la autoridad.
  • Circular sin el casco protector. (motos)


4 (cuatro) puntos:

  • Circular con licencia vencida.
  • No cumplir con las condiciones de la licencia (uso de anteojos o lentes de contacto).
  • Conducir con licencia de categoría distinta a la correspondiente.
  • Conducir con menores sin el dispositivo de retención infantil correspondiente.
  • Girar en lugar prohibido (hacia una transversal en forma no reglamentaria o giro en U en una misma arteria).
  • Circular marcha atrás en forma indebida y sin justificación.
  • Obstruir la vía transversal.
  • No ceder el paso a bomberos, ambulancias, policía de servicios públicos o de urgencia.
  • No dar prioridad de paso a los peatones.


5 (cinco) puntos:

  • Circular con cualquier elemento que permita evadir los controles de tránsito y/o velocidad.
  • Conducir utilizando celular, mp3 o auriculares.
  • Circular en sentido contrario.
  • No respetar la prioridad de paso de una bocacalle y/o un indicador de “PARE”.
  • Interrumpir el paso de filas escolares.
  • Circular por arterias a más de 10 km. y hasta 20 km. de la velocidad permitida y, en vías rápidas, a más de 20 km. y hasta 40 km. en exceso de la velocidad permitida.
  • Cruzar barreras férreas bajas (contravención).
  • Violación de luz roja identificada (contravención).
  • No respetar la prioridad de paso de una bocacalle o un cartel de "Pare".
  • No respetar la prioridad de paso de los peatones o senda peatonal.
  • Circular, estar estacionado o detenido sin placas de dominio.
  • Impedir o dificultar la visualización de la placa de dominio mediante pliegues, añadiduras, mal estado de conservación o que este colocada en forma antirreglamentaria o girada respecto de su posición normal.

10 (diez) puntos:

  • Negativa al control de alcoholemia, estupefacientes u otras sustancias.
  • Circular por las arterias a más de 20 km/h. de la velocidad permitida y, en vías rápidas, a más de 40 km/h. en exceso de la velocidad permitida.
  • Conducir en estado de ebriedad o bajo los efectos de estupefacientes.
  • No cumplir las obligaciones legales a cargo, en caso de participar en un accidente de tránsito.
  • Circular, estar estacionado o detenido teniendo colocadas placas de dominio de otro vehiculo.


20 (veinte) puntos:

  • Participar, disputar u organizar, competencias de velocidad o destreza en la vía pública (picadas).


Los conductores podrán recuperar parcialmente 4 (cuatro) puntos realizando un curso especializado en educación vial , con temas de derechos humanos y socorrismo.

En caso de llegar a "Cero Puntos

  • A. Por primera vez
    Se lo inhabilitará por 60 (sesenta) días, o podrá optar por realizar un curso de educación vial.
  • B. Por segunda vez
    Se lo inhabilitará por 180 (ciento ochenta) días, y deberá realizar el curso de educación vial.
  • C. Por tercera vez
    Se lo inhabilitará por 2 (dos) años, y además deberá realizar el curso de educación vial.
  • D. Por cuarta vez y sucesivas oportunidades
    Se lo inhabilitará por 5 (cinco) años, y además deberá realizar el curso de educación vial.

Beneficios

A partir de enero del corriente, aquellos conductores que hayan perdido alguno de sus puntos volverán a tener los 20 iniciales, algo que está contemplado por ley ya que este 2009 fue el primer año en el que se implementó el sistema.

El SEPC contempla beneficios para los buenos conductores, desde 2012, quienes no hayan sufrido la pérdida de ninguno de sus puntos podrán renovar la licencia de manera gratuita.

Los conductores que no registren descuentos de puntos en los 2 (dos) años anteriores a la fecha de vencimiento de sus licencias, al renovar las mismas, quedarán eximidos de concurrir a las clases de actualización de normas de tránsito, y serán bonificados con el 100% del valor de la tarifa correspondiente.



Consecuencias

  • A. Si en los dos (2) años anteriores a la fecha de finalización del trámite el conductor alcanzó los cero (0) puntos una (1) vez en el Sistema de Evaluación Permanente de Conductores (SEPC), la validez máxima se reduce en un cuarto (1/4) de la correspondiente a su edad.
  • B. Si por segunda vez el conductor alcanzó los 0 (cero) puntos antes de los 2 (dos) años anteriores al vencimiento de la licencia, al renovarla, la validez máxima se reducirá a la mitad de la correspondiente a su edad.
  • C. Si en los dos (2) años anteriores a la fecha de finalización del trámite el conductor alcanzó los cero (0) puntos tres (3) veces o más en el SEPC, la validez máxima se reduce en tres cuartos (3/4) de la correspondiente a su edad.

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El rol del consultor en las Pymes







Cuando una Pyme comienza a pensar en contratar a un consultor de informática, generalmente lo que busca es un experto en el tema que la asesore, y le brinde desarrollo y soporte en sistemas.


Lo que a veces la pequeña empresa no tiene en cuenta es que con una buena asesoría podrá reorganizar sus procesos, optimizar la cadena de suministro, aumentar su eficiencia y crecimiento, y garantizarles un retorno de inversión (ROI) adecuado.


Para lograr todo esto, un asesor eficiente debe analizar en primer término el funcionamiento de la empresa, su core business, cómo están organizados los puestos de trabajo, y cuáles son las competencias y gestión del conocimiento en la organización.


Las asesorías tecnológicas deben alinearse con los objetivos de negocio, en un ida y vuelta que enriquezca ambas estrategias: la de negocios y tecnológica.

Por otro lado, para el consultor que trabaja con Pymes, el desafío no sólo se basa en asesorarlas en cuanto a los posibles recursos tecnológicos sino también en enseñarles, mediante una asesoría personalizada, los beneficios que conllevan estas herramientas para mejorar su producción, ampliar su cartera de clientes, organizar la base de datos de sus clientes, etc.

El trabajo del consultor también debe apuntar a que la empresa aprenda a aprovechar de mejor manera los recursos tecnológicos e impulsar el rendimiento empresarial, alcanzando los valores estratégicos a largo plazo y optimizando los procesos de negocio para mejorar los resultados de toda compañía.

En general las empresas en crecimiento no tienen tiempo de realizar diagnósticos de oportunidades en su negocio. Justamente por eso requieren una visión más objetiva de las situaciones y asesoramiento en la incorporación de tecnologías.


Además, las TIs sólo se utilizan para solucionar problemas concretos pero la información que llega muchas veces no está correctamente estructurada y no atiende a planteamientos globales o estratégicos.

Un socio tecnológico adecuado puede ayudar a la Pyme a detectar nuevas oportunidades de negocio, por ejemplo, además de apoyarlas en todo el ciclo de implementación del software. Además puede reducir demoras en la implementación de plataformas tecnológicas, pérdida de información o cualquier otro posible riesgo tecnológico que puedan surgir.

Por todo esto, el asesor informático hoy ya no es solo un asesor del área contable sino que debe trabajar junto con la dirección de las compañías, ayudando a que los servicios tecnológicos se ajusten a las necesidades de las Pymes.


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miércoles, 12 de mayo de 2010

Avanzan 2 proyectos clave que impondrían cambios en la Ley de Contrato de Trabajo




Ya cuentan con media sanción de Diputados. Buscan ampliar el alcance de las multas por empleo en negro o mala registración. De aprobarse, alcanzarían a los empleados comprendidos en estatutos profesionales. Además impiden reducir la jornada laboral sin causa. Las consecuencias para las empresas.

La Cámara de Diputados dio este miércoles media sanción a dos proyectos de ley que, de ser también aprobados por el Senado, impactarán en las relaciones laborales.


En uno de ellos se prevé impedir la reducción de la jornada laboral sin causas que lo ameriten.

En el otro, se busca incrementar las multas en caso de empleo en negro o registración deficiente. En la actualidad, la Ley 25.323 ya establece que las indemnizaciones previstas por la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) sean aumentadas al doble en estos supuestos. Sin embargo, el proyecto va más porque propone que las compañías paguen un resarcimiento equivalente al de un despido sin causa, por falta de registración de los empleados o en caso de que estos estuvieran en situación irregular.

Adicionalmente, dicho resarcimiento no tendría tope y resultaría adicional a las indemnizaciones que pudieran derivarse de la quiebra del empleador, fuerza mayor, entre otros.

Por otra parte, esta segunda iniciativa busca extender la protección que establece la Ley 25.323 para quienes estén amparados por la LCT hacia los dependientes comprendidos en diferentes estatutos, como por ejemplo, construcción, encargados de edificios, periodistas, entre otros. De ser así, la protección alcanzaría a un mayor número de empleados.

Ambos proyectos cuentan con altas probabilidades de convertirse en ley en el corto plazo.

En ese escenario, las empresas deberán estar atentas a las implicancias de estas reformas. Los expertos señalaron que ya no se podrá fragmentar la jornada laboral de acuerdo a las necesidades de la empresa y también advirtieron que las compañías se verían expuestas a tener que afrontar mayores costos laborales, en la medida que se incremente la base indemnizatoria.

La letra chica de los cambios a la jornada laboral


El primero de los proyectos, aprobado por la Cámara baja con 163 votos afirmativos, 12 en contra y cuatro abstenciones, prevé sustituir el artículo 198 de la Ley de Contrato de Trabajo. De aprobarse la reforma, el mismo quedará redactado de la siguiente manera:

La reducción de la jornada máxima legal solamente procederá cuando lo establezcan las disposiciones nacionales reglamentarias de la materia, estipulación particular de los contratos individuales o convenios colectivos de trabajo”.

Esto significa que la nueva redacción le impedirá al empleador disminuir la jornada laboral sin causas extremas o relacionadas con el rubro del empleo.

No obstante, el actual artículo le da a la firma la posibilidad de establecer, mediante una convención colectiva de trabajo, métodos de cálculo de la jornada máxima en base a un promedio, de acuerdo con las características de la actividad.

El cuestionamiento que hoy enfrenta esta propuesta de cambio es que, en este tipo de jornadas, el derecho al cobro de horas extras nace solamente una vez superado el límite que se fije.

Si se aprueba la nueva redacción se incrementará la cantidad de horas extras que los empleadores deban abonar en las actividades mencionadas, en la medida en que se vean traspasados los topes diarios y semanales que en la actualidad son la regla en nuestro ordenamiento jurídico.


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Fuente: www.iprofesional.com

jueves, 6 de mayo de 2010

Mas información sobre el nuevo acuerdo salarial







Agregamos a la información anterior las siguientes escalas publicadas por UPSRA en su sitio.

Las mismas corresponden al nuevo convenio firmado días atrás.

Si desea agrandarlas haga click sobre las mismas.

ESCALA SALARIAL ANEXO "C" DEL CCT 507/07 VIGENCIA 1° DE MAYO 2010


MAYO 2010



















JULIO 2010



















OCTUBRE 2010





















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Fuente:http://www.upsra.org.ar/

martes, 4 de mayo de 2010

LABORATORIOS Y ALIMENTICIAS DEBEN COMENZAR A APLICAR LA FACTURA ELECTRÓNICA







Industrias le niegan a la AFIP información confidencial de precios. Es parte de los datos que el organismo les pide a las empresas para adherirse al régimen. La UIA visitó a Echegaray para resistir este reclamo. Siguen negociando.

La obligación de comenzar a utilizar facturas electrónicas para operar puso nervioso a más de un empresario, no sólo por la complejidad de la operatoria, sino fundamentalmente porque para adherirse al sistema, las firmas deben brindar a la AFIP cierta información confidencial que no están dispuestas a dar. Por ejemplo, datos sobre los precios y descuentos de la mercadería que comercializan.

Por eso, luego de reiterados planteos de varios sectores, el presidente de la UIA, Héctor Méndez, pidió una audiencia con el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, a quien visitó ayer, junto al presidente de la Coordinadora de Industrias de Productos Alimenticios (Copal), Daniel Funes de Rioja, y el secretario de la Cámara Industrial de Laboratorios Farmacéuticos Argentinos (CILFA), Alberto Alvarez Saavedra. Méndez consideró que “fue una muy buena reunión”, pero que se le planteó a Echegaray que las empresas no darán la información que creen no es útil a los fines fiscales. “Exigen datos confidenciales que las compañías consideran que, si se comunican, afectan sus intereses comerciales.

Los sectores de laboratorios y alimentación plantearon esto, por lo que salimos a acompañar”, consideró el industrial del plástico.


A través de un comunicado, la UIA consignó que “el encuentro fue muy positivo, ya que se desarrolló en el marco de un fructífero intercambio de opiniones e información acerca del sistema y su impacto en la gestión de las empresas”, en tanto el titular de la AFIP y su equipo mostraron “plena disposición para escuchar y resolver los aspectos planteados”.


Desde el organismo recaudador, en tanto, aseguraron que tienen “la predisposición de solucionar todos los problemas”.

Los empresarios se resisten a ofrecer información vinculada con la estrategia comercial y creen que este pedido excede el fin específico de recaudación y control de la AFIP. La sospecha es que las consultas respectivas a los precios y los descuentos apuntan a realizar un estricto control antiinflacionario.
Sin embargo, fuentes del organismo que preside Echegaray precisaron que “no hay ningún tipo de instrucción para reunir datos estadísticos para otra unidad del Gobierno” y que el “único objetivo es saber en qué eslabón de la cadena queda la utilidad y si esa ganancia se condice luego con la que declara la empresa”. La explicación que le dieron los empresarios a la AFIP es que tienen temor de que esos datos se filtren y que la competencia conozca sus estrategias comerciales. “No queremos llegar a problemas mayores.

Quedamos en seguir manteniendo reuniones para ver de qué forma po
demos hacernos de los datos de tal manera que les cubra la confidencialidad”, dijeron las fuentes.

El nuevo régimen de facturación implementado por AFIP consiste en ir instrumentando el documento electrónico por sectores. Los técnicos del organismo trabajan con las empresas de ese rubro, luego se fija una fecha y se les comunica, mediante una nota, cuándo deben comenzar a aplicarlo. Hasta ahora, los sectores nominados son el tabacalero y el de los laboratorios, que deben empezar el 1º de agosto.

El sector alimenticio participó también del encuentro de ayer porque es el próximo rubro que deberá comenzar con el nuevo régimen.


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Fuente: www.cronista.com

Sistemas de Gestión: tendencias y dilemas en un contexto de cambios permanentes







El mercado de ERP se encuentra en un proceso de cambios continuos generados por nuevas exigencias de las empresas y la imposición de regulaciones gubernamentales. En este marco, ¿cuál es la situación actual del mercado y hacia dónde va?

A medida que las empresas crecen y se desarrollan, también se complejiza el planeamiento y contrrol de los recursos y procesos.

Ante este reto, se ha ido instalando la necesidad de implementar ERP (Enterprise Resource Planning o Planeamiento de Recursos de la Empresa), sistemas de gestión compuestos por diferentes módulos integrados en una única aplicación.

Actualmente, el mercado del ERP está reflejando una tendencia relacionada con estos contextos de transformación que se manifiesta en:



1) Un giro en la estrategia comercial.

Al principio, los proveedores abastecían a grandes compañías. Con el tiempo, decidieron orientar sus esfuerzos a un nicho inexplorado: las pequeñas y medianas empresas, con sistemas más simples y económicos que requieren pocas horas de customización y mantenimiento posterior. En esta competencia, triunfará la empresa que ostente mayor flexibilidad y capacidad de adaptación a las necesidades puntuales de este tipo de compañías.

2) La incorporación de funcionalidades complementarias a las básicas que presentaban históricamente los ERP (ERP extendido).

3) Un marco regulatorio que obligó a los proveedores a desarrollar productos que aseguren el cumplimiento permanente de las normas

Los ERP requieren de permanentes actualizaciones. Y esto genera un dilema en las organizaciones a la hora de implementarlo. Por un lado, deben analizar cuál es la mejor estrategia de sistemas para soportar sus procesos de negocios. Por el otro, las firmas se ven condicionadas por regulaciones, que les exige un mayor control de las operaciones.

Las nuevas reglamentaciones gubernamentales, la creciente presión que ejercen los mercados financieros y las exigencias cada vez mayores de los accionistas, colocan nuevamente en un lugar protagónico al cumplimiento normativo y al gobierno corporativo.

Por lo tanto, las organizaciones de avanzada están adoptando un enfoque estratégico y proactivo frente a esta temática, ya que reconocen que la legislación representa una oportunidad de diferenciarse en el mercado.

Ante el contexto mencionado, los proveedores desarrollaron herramientas para monitorear y mantener un esquema de control interno y de seguridad aplicativa razonable. Las firmas de auditoría y consultoría de seguridad deben estar alineadas con las tendencias del mercado para satisfacer las cada vez más exigentes demandas de seguridad de los clientes.

Sin una actualización periódica de conocimientos técnicos y de riesgos de negocios, no podrán enfrentar los nuevos desafíos del mundo corporativo.

Planteado el escenario y sus actores, las empresas deberán focalizar su atención no sólo en la permanente actualización de sus sistemas, sino también en la incorporación de medidas de control interno, seguridad y en su monitoreo permanente.


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Fuente: www.materiabiz.com

lunes, 3 de mayo de 2010

Salideras bancarias: precauciones básicas para no convertirse en presa fácil







Los recientes hechos violentos reavivaron la preocupación por los robos a la salida de las sucursales bancarias.


La semana pasada, Federico Hausbauer y Miguel Leiva fueron asesinados tras ser robados a la salida de una sucursal bancaria, de la que acababan de retirar $138.000. La noticia no sólo conmocionó al país, sino que reavivó el temor y las preocupaciones por las salideras bancarias, un delito muy habitual que puede intentar evitarse tomando algunas precauciones básicas.

Según datos de la Policía Federal, no es que ahora estén ocurriendo más que antes: las salideras tuvieron su pico entre enero y septiembre de 2009, cuando se registraron 3.563 hechos de este tipo. Además, de los robos que llevan adelante los motochorros, apenas el 5% son a personas que salen de una sucursal bancaria, mientras que el 80% tiene por blanco a los peatones desprevenidos y el 15%, a automovilistas.

Sin embargo, la realidad es que las salideras ocurren y, según los expertos, existen varias medidas de seguridad que se pueden tomar para tratar de prevenir ser víctima de uno de estos delitos. Antes que nada, desde los bancos recomiendan no correr riesgos y usar los servicios electrónicos para mover dinero. También aconsejan el pago con cheques (tiene un costo del 0,6%), las transacciones interbancarias (del 0,6% más la comisión que cobra el banco, que puede estar bonificada o rondar el 0,15%) o que se alquilen servicios de transportes de caudales (también de un 0,6% de la cifra trasladada).


“Sabemos que el impuesto a las transacciones es
uno de los motivos por los cuales la gente se arriesga a salir a la calle con la plata. Es verdad que tiene un costo, pero se gana en seguridad”, indicaron desde un banco privado. En tanto, para aquellos que no puedan evitar tomar el riesgo de salir con el dinero, las sugerencias son varias.

Aquí, las 10 más importantes:

1) Mantener en secreto las operaciones. Si se va a realizar un retiro de dinero, es importante evitar divulgar la información (e incluso la existencia) de esa operación. No revele los días, horarios ni las sucursales en las que se piensa retirar el dinero, salvo que sea estrictamente necesario.

2) Evitar realizar trámites de esta naturaleza durante las horas pico.

3) Ir al banco acompañado. Conviene asegurarse de que alguien de absoluta confianza pueda acompañarlo a retirar el dinero. Ante cualquier eventualidad, se contará con el apoyo inmediato de esa persona.

4) Esperar un rato en la sucursal antes de salir, y observar bien el entorno. Hay que fijarse si se está siendo observado o seguido por alguien (cliente, guardia o empleado bancario), y ya en la calle, prestar atención a los vehículos que circulan por allí. Según fuentes consultadas, los motochorros prefieren las motos enduro, utilizadas en terrenos difíciles para cometer delitos. El modelo Transalp 650 de Honda, una moto ágil y resistente, es el preferido.

5) Repartir el dinero extraído en diferentes paquetes para que el asaltante se vaya rápido con una parte y que la víctima no pierda todo el monto en el asalto.

6) No tomar un taxi en la puerta de la sucursal. En lo posible, conviene ir en un vehículo propio, o bien llamar a una empresa de confianza.

7) En caso de tener que caminar con el dinero encima, hacerlo –sobre todo en las avenidas– siempre por los centros de la vereda, nunca por el cordón.

8) Transmitir una actitud atenta. Evitar hacerse el distraído o mirar para abajo.

9) No realizar operaciones en inmobiliarias o escribanías. Optar por concretarlas en entidades bancarias.

10) Priorizar la protección de la vida antes que la del bien económico.

En el cajero automático

Al ser consultados sobre este tema, la mayoría de los bancos prefiere no responder, ya que aseguran que “se trata de un problema que ocurre afuera de las sucursales, por lo que nada se puede hacer desde la entidad para evitarlo”. Sin embargo, para las que sean actividades dentro de la sucursal sí aconsejan algunas medidas de cautela. El Banco Central en su portal del cliente bancario recomienda tener en cuenta en el momento de extraer dinero del cajero:

–Cambiar el código de acceso, clave o contraseña personal (“password”, “PIN”) asignada por el banco por uno que el cliente seleccione. Este código debe memorizarse, en lugar de escribirse; y modificarse periódicamente para mayor seguridad.

–No digitar nunca la clave personal en presencia de personas desconocidas, aun cuando pretendan ayudar; ni facilitar la tarjeta a terceros.

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Fuente: www.cronista.com