viernes, 22 de julio de 2011

Hay el doble de guardias privados que policías en el mundo

El número de armas que posee la seguridad privada es en cambio mucho menor al de las fuerzas públicas

Ginebra. (EFE).- La seguridad privada sigue siendo una de las industrias más florecientes del mundo pese a la crisis económica global, empleando en la actualidad a al menos 20 millones de personas, casi el doble de agentes de policía en activo. Lo pone de manifiesto elInforme de Armas Ligeras 2011 que publicó hoy en Ginebra el Instituto de Estudios Internacionales y de Desarrollo, que refleja la fuerte expansión que el sector ha experimentado en las últimas dos décadas en todo el planeta.

El director de la investigación, Robert Muggah, explicó en conferencia de prensa que "el principal factor de este boom parece ser la externalización por parte de los Gobiernos de muchas funciones relacionadas con la seguridad". No obstante, según explicó Muggah, el personal que emplean las empresas privadas de seguridad tienen en su poder "muchas menos armas de fuego que las fuerzas de seguridad".

El estudio, elaborado a partir de los datos de 70 países, indica que la seguridad privada dispone en su conjunto de 4 millones de armas de fuego, una cifra muy inferior a los 26 millones de las fuerzas de seguridad y a los 200 millones de los ejércitos. Los autores del informe plantean la pregunta, para la que no tienen respuesta, de si esta tendencia supone una mejora de los niveles de seguridad o, por contra, empeora las condiciones.

"Es incuestionable que se está produciendo una privatización generalizada de la seguridad", explicó Muggah, quien advirtió también de que la expansión de la industria no ha conllevado una mejora de los mecanismos de seguimiento y transparencia. "Pese a las evidencias de que algunas compañías de seguridad privada han comprado armas ilegalmente, de que han perdido armas por robos o de que han malversado sus arsenales, no existe un sistema sistemático de información sobre estos comportamientos", dijo.

Se da el caso de que muchos Estados prohíben el uso de armas ligeras por parte de los guardias privados de seguridad, lo que no impide que en determinados países, especialmente en zonas de conflicto, estos agentes dispongan de una media de tres armas.

El informe pone de relieve que hay "una distinción progresivamente borrosa entre las fuerzas de seguridad privadas y públicas" y que las multinacionales que han encontrado un importante nicho de mercado no están sujetas a mecanismos fiables de control. "Las iniciativas internacionales para hacer frente a los vacíos regulatorios siguen en mantillas", explicó Muggah.

Otro de los problemas de la influencia corporativa es que los sistemas de supervisión establecidos por las multinacionales del sector "son por lo general demasiado débiles para prevenir la contratación de personal privado de seguridad conocido por haber utilizado la fuerza de manera abusiva en el pasado". La evidencia muestra que las leyes del mercado han impulsado esta industria, ya que, según el informe, "el comercio legal de armas ligeras, armas personales y sus respectivas municiones asciende anualmente 7.100 millones de dólares (4.940 millones de euros)".

Emile LeBrun, coordinador del informe, señaló que las guerras en Irak y Afganistán han contribuido al aumento de este tipo de armas y enumeró la lista de países más implicados en este comercio.

Estados Unidos sigue siendo el mayor exportador, y también el mayor importador, de armas personales y ligeras, ya que la propiedad privada de estas armas es habitual y culturalmente aceptado. En el terreno de la exportación le siguen por este orden: Italia, Alemania, Brasil, Suiza, Israel, Austria, Corea del Sur, Bélgica, la Federación Rusa, España, Turquía, Noruega y Canadá. Según los datos facilitados por las autoridades aduaneras, en las importaciones, por detrás de Estados Unidos figuran Canadá, el Reino Unido, Alemania, Australia, Francia y Pakistán.

Fuente: LaVanguardia.com

lunes, 18 de julio de 2011

Factura electrónica: la AFIP amplía el régimen de información online de compras

El fisco aumentará la cantidad de sujetos obligados para incrementar el cruce de datos a fin de redireccionar las inspecciones. La medida apunta a preparar el terreno para luego implementarse calcular cuánto IVA debe pagar cada contribuyente mensualmente

Por Hernán GilardoiProfesional.com
Factura electrónica: la AFIP amplía el régimen de información online de compras

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aumentará significativamente la cantidad de contribuyentes que deberán informar online las compras que realizan. La mira está puesta sobre las empresas y particulares que ya facturan electrónicamente y que aún no han sido incluidos en la nueva obligación.

De acuerdo a la información a la que pudo accder iProfesional.com, el fisco nacional se encuentra redactando una nueva resolución que ampliará la cantidad de sujetos obligados a ingresar al sistema de Cruzamiento Informático de Transacciones Importantes (CITI-Compras).

Al tratarse de compañías y particulares que ya se encuentran en el régimen de factura electrónica, la avanzada le permitirá al fisco nacional conocer de inmediato el monto de las compras y de las ventas informadas a través de la web.

De esta manera, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray da un paso más hacia la declaración jurada proforma del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Más precisamente, la AFIP le dirá a las empresas y particulares cuánto IVA deben pagar mensualmente.

Ampliar el padrón
El mencionado régimen obliga, actualmente, a más de 20.000 responsables a informar mensualmente el detalle de las compras realizadas. La idea del fisco es duplicar la cantidad de sujetos obligados en mediano plazo.

Desde Tributum, Mario Goldman Rota, consultor tributario, destacó que ya son muchas las empresas y los contribuyentes que se encuentran obligados por tres regímenes simultáneos:

  • Facturación electrónica.
  • CITI-Compras.
  • Sistema de Control de Retenciones (SICORE).

"A través de un simple cruce informático de los tres regímenes, el organismo recaudador puede verificar fácilmente el IVA que debería pagar cada contribuyente e implementar una declaración jurada proforma del tributo", afirmó.

"No resulta casual, que un gran número de contribuyentes, que se encuentran en el régimen de factura electrónica, sean nuevos sujetos obligados a informar las compras que generan crédito fiscal en el IVA", agregó el experto.

En igual sentido, Marcelo Domínguez, miembro de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce) adelantó que, en un futuro próximo, tanto el "CITI Compras" como el "CITI Ventas" se presentarán en formato web. En la actualidad, los regímenes corren bajo el SIAP, sistema provisto por la AFIP.

Factura electrónica
Complementariamente, los sujetos que ya dejaron atrás la facturación manual deben utilizar el nuevo software denominado "Factura Electrónica. Régimen de Información de Operaciones - Versión 2.0 Release 1".

El programa aplicativo perfecciona el detalle sobre el precio y las cantidades vendidas que deben informar los contribuyentes bajo la mira.

También obliga a declarar un código numérico, estandarizado y unívoco, para cada bien o servicio facturado a través del régimen de comprobantes web.

Al respecto, desde Kaplan, Volman & Asociados, Mario Volman advirtió que "el cliente que recibe una factura electrónica, con los códigos de los productos numéricos y estandarizados, aún cuando no esté por el momento obligado a emitir facturas electrónicas, no podrá ocultar haber perfeccionado dicha compra y, en consecuencia, se achica el mercado informal de comercialización".

Comprobantes electrónicos "truchos"
Por último, la AFIP puso en marcha un nuevo micrositio que permite a los receptores de comprobantes -incluídos los electrónicos- verificar que cada una de las facturas se encuentre autorizada por el fisco nacional.

Para llevar adelante la consulta se deben ingresar los siguientes datos:

  • Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del emisor de la factura.
  • Clave de Autorización de Impresión (CAI) del comprobante.
  • Fecha de emisión de la factura.
  • Tipo y número de comprobante.


Oportunamente, el titular de la Dirección General Impositiva (DGI), Ángel Toninelli, había anticipado que se depuraría "la base APOC".

La información que contiene dicha base de datos corresponde a facturas o documentos equivalentes que, por algún motivo, fueron calificados como apócrifos.

"Los datos son de carácter meramente informativos, con una función preventiva, ya que se han detectado casos de facturas o documentos equivalentes que correspondían a firmas totalmente inexistentes, como así también a empresas reales a las que se les pudo haber falsificado documentación", puntualizaron desde la AFIP.

jueves, 14 de julio de 2011

La AFIP lanza un servicio online para detectar las facturas electrónicas truchas

El flamante micrositio puesto en marcha por el fisco nacional permite que los receptores de comprobantes verifiquen la validez de la documentación respaldatoria de las transacciones celebradas. Apuntan a desactivar maniobras de evasión en IVA y Ganancias


Por Hernán GilardoiProfesional.com
La AFIP lanza un servicio online para detectar las facturas electrónicas truchas

Con la mira puesta en reforzar la recaudación y combatir la evasión, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lanzó un servicio online que permite detectar facturas electrónicas truchas.

Si bien, en la gran mayoría de los casos, el contribuyente compra los comprobantes apócrifosa fin de evadir el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y Ganancias también existen situaciones en donde las empresas y los particulares son engañados en su buena fe.

Para ello, se puso en marcha un nuevo micrositio en la página web del organismo que conduce Ricardo Echegaray.

Desde la AFIP explicaron que la nueva consulta permite a los receptores de comprobantes -incluídos los electrónicos- verificar que cada una de las facturas se encuentre autorizada por el fisco nacional.


Fuente: AFIP

Complementariamente, desde el organismo de recaudación, aclararon que "la consulta no ofrece información sobre la validez de las facturas A o B emitidas por controladores o impresoras fiscales".

Los datos que sirven de parámetro para evaluar la validez de los comprobantes se encuentran actualizados online con el sistema de control de facturación de la AFIP.

Para llevar adelante la consulta se deben ingresar los siguientes datos:

  • Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del emisor de la factura.
  • Clave de Autorización de Impresión (CAI) del comprobante.
  • Fecha de emisión de la factura.
  • Tipo y número de comprobante.


Oportunamente, el titular de la Dirección General Impositiva (DGI), Ángel Toninelli, había anticipado que se depuraría "la base APOC".

La información que contiene dicha base de datos corresponde a facturas o documentos equivalentes que, por algún motivo, fueron calificados como apócrifos.

"Los datos son de carácter meramente informativos, con una función preventiva, ya que se han detectado casos de facturas o documentos equivalentes que correspondían a firmas totalmente inexistentes, como así también a empresas reales a las que se les pudo haber falsificado documentación", puntualizaron desde la AFIP.

Maniobra de evasión
Quien recurre de manera dolosa a la utilización de facturas truchas apunta a no tributar o hacerlo en menor cuantía, ocultando la veracidad de las operaciones o simulando otras que no sucedieron nunca, explicaron oportunamente desde Lisicki, Litvin & Asociados.

Detrás de ello, se esconden salidas no documentadas de fondos, que una empresa quiere justificar y no puede o busca deducir en el balance impositivo -a los fines de Ganancias- un monto mayor al que le corresponde. En lo que respecta al IVA, recurren atomarse más crédito fiscal o créditos que no corresponden.

De ser detectada la maniobra, el usuario comete, según la Ley Penal Tributaria, el delito de evasión simple o agravada, de acuerdo al monto involucrado. Ante tal situación, los ajustes procedentes son los siguientes:

  • Impugnación del IVA computado.
  • Impugnación de la deducción del gasto.


La AFIP lo considera una salida no documentada, por lo cual se debe ingresar el 35% del monto de la factura en concepto del dinero que se llevó el tercero involucrado.

Caso testigo
Las maniobras de evasión también son investigadas de cerca por la Justicia. El caso testigo lo constituye el de Roberto Gustavo Viazzo, quien se convirtió en la mayorusina de facturas truchas. En efecto, en veinte años habría superado los $1.000 millones en comprobantes apócrifos, lo que le permitió evadir impuestos y ocultar delitos de co-hecho a muchas empresas y organismos oficiales.

Ante este panorama, la fiscal en lo penal económico María del Carmen Rogliano, emitió el dictamen para elevar a juicio oral la causa "Viazzo".

El imputado, había montado, junto con su mujer, Silvia Noemí Hernández, una amplia red que abarcó a testaferros, empleados, socios y proveedores de sociedades y facturas falsas.

La asociación también contaba con el apoyo de varios intermediarios con acceso a círculos de alto nivel que les aportaban nuevos y reconocidos clientes.


Fuente: iFprofesional.com

miércoles, 13 de julio de 2011

Desde el mes próximo, la AFIP fiscalizará a redes de contribuyentes

La factura electrónica permitirá a la AFIP controlar a los clientes de monotributistas. Y con el balance digital el organismo irá contra los clientes de un contador o estudio

La AFIP se prepara para monitorear con fiscalizaciones a redes de contribuyentes que se relacionan con otros alcanzados por ciertos mecanismos de control a través del sistema informático del organismo que conduce Ricardo Echegaray, como la factura electrónica para los monotributistas de las categorías más altas y la presentación de balances en formado digital por parte de las empresas.
Son muchos los contadores que asesoran a empresas que no tienen en cuenta los requisitos de recurrencia para la deducibilidad del Impuesto a las Ganancias de los gastos por compras a proveedores monotributistas, dijo el tributarista Bruno Videla.
El especialista añadió que, para que esa deducción sea aceptada por la AFIP, se debe demostrar que el monotributista es un proveedor recurrente mediante la presentación de 9 comprobantes por año para prestaciones de servicios y 23 facturas anuales para la venta de bienes.
Cuando la cantidad de operaciones es inferior, hay topes para la deducción del Impuesto a las Ganancias, y cuando esto no se cumpla, va a saltar fácilmente a los ojos del fisco, a través de la presentación de facturas electrónicas, enfatizó Videla.
Por otra parte, en la próximo recategorización de monotributistas de septiembre van a surgir automáticamente los pequeños contribuyentes se cayeron del Monotributo y deben inscribirse en el régimen general de IVA y Ganancias.
Desde mayo está vigente la factura electrónica para los monotributistas de las categorías de la “H” e “I”, o sea los que superan $ 120.000 de facturación anual y que no pagan más de $ 27.000 por año de alquiler del local u oficina.
Algunas particularidades de este régimen de factura electrónica son que los monotributistas sólo deben pedir autorización para emitir los comprobantes, sin necesidad de empadronarse en el RECE. La emisión se puede hacer por el facturador en línea de la AFIP o, lo que es novedoso, por transferencia electrónica de datos a través de la página de Internet del organismo recaudador.
Cuando hayan ingresado al régimen de factura electrónica todas las categorías de Monotributo y el resto de las actividades, la AFIP lanzará las declaraciones pro forma (generadas por el mismo organismo) de IVA y Ganancias, comentó Videla.
Por otra parte, el 31 de julio próximo vence la primera presentación a la AFIP de los balances en forma digital. Esto puede parecer un simple trámite, que antes se hacía en papel y ahora se informatiza, pero es que además se va a tener que cargar en el sistema el CUIT del contador y del estudio al que éste pertenece, el CUIT de la empresa, el resultado positivo o negativo y el monto del mismo, indicó Videla.
El tributarista explicó que de este modo la AFIP saldrá a investigar a todas las empresas clientes de un contador o estudio contable, cuando en el balance certificado por el profesional para una determinada compañía surjan irregularidades, como por ejemplo se hayan detectado facturas apócrifas.
Además, cuando el resultado del balance sea negativo durante varios ejercicios, lo que no explica que una empresa se pueda sostener, también se van a disparar fiscalizaciones de la AFIP.
Con esta medida, el organismo recaudador logra tener registrados los resultados de todas las compañías, y no sólo los de las multinacionales que informan sobre precios de transferencia en el comercio exterior, concluyó Videla.

Fuente: El Cronista Comercial